/meta/ - Desarrollo y Sugerencias

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Choroy meta 02/23/2023 (Thu) 00:37:04 c70f53 No. 9039
Administrador, ¿por qué no te sacas un /h/entai fuera del overboard?
Porque hay muchos sitios mejores para ver pornografía
>>9040 Por ejemplo, Sankaku Complex una porción es de pago. Es uno de los boorus más grandes. Sin contar que muchas veces los artistas borran sus propios contenidos. En Pixiv por ejemplo, a veces el artista borra o deja privado y era.
>>9039 tienes un board en end.../ni... lleno para subir porno y shitpostear
>>9043 Pero este lugar no va a reemplazar a esos sitios enormes
>>9045 No es un reemplazo, piénsalo como un respaldo si esas plataformas fallan. Por ejemplo, a veces implementan políticas más restrictivas de un día a otro y sé que va a sonar absurdo, pero existe contenido que de verdad se pierde. Hay trabajos que he buscado por años y ya no están por decisiones arbitrarias. Como medida preventiva, un /h/ en bandada, fuera del overboard, básicamente hay un respaldo local para contenido que es posible que perdamos en el futuro por depender de estas plataformas demasiado. Sin ir más lejos, un día van a bajar Kemono.Party de la misma forma que bajaron Library-Z, ya no es como antes, antes uno podía disfrutar de contenidos como literatura o multimedia con impunidad, actualmente eso está cambiando.
>>9046 Más aún con el TPP11 firmado por Chile, ojo. Más adelante vamos a tener que consumir una VPN para usar internet como estamos acostumbrados.
>>9043 >>9046 Archivalo tú mismo, no cuesta nada hacer un script de Python para descargar posts de Pixiv en masa. >>9047 >Más adelante vamos a tener que consumir una VPN para usar internet como estamos acostumbrados. Otra vez este memazo de mierda. Esa sección del acuerdo se cayó con la salida de los gringos, Chile NO está obligado a incorporar los "safe harbors" en la ley.
>>9044 tienes que dejar el enlace completo, si no se vuelve imposible saber de lo que hablas
134.11 KB, 1090x606
>>9046 >no es un reemplazo, piénsalo como un respaldo si esas plataformas fallan Ya existe kemono, coomer.party, e-hentai, nhentai y exhentai. Suben hasta compilaciones de fantia, fanbox, y hasta servidores enteros de Discord.
>>9048 Por favor dame la documentación que prueba tu post. Por favor hermano mío mándamela.
>>9051 Capítulo 18 - Propiedad Intelectual: https://www.subrei.gob.cl/docs/default-source/tratado-tpp11/18--propiedad-intelectual.pdf Disposiciones Suspendidas: https://www.subrei.gob.cl/docs/default-source/tratado-tpp11/anexo-ii-espa%C3%B1ol.pdf En materia de Propiedad Intelectual quedaron fuera las más malas: >9. Materia Patentable - Artículo 18.37.2 y 18.37.4 (Segunda Frase). >14. Plazo de Protección para los Derechos de Autor y los Derechos Conexos - Artículo 18.63. >15. Medidas Tecnológicas de Protección (MTPs) - Artículo 18.68. >16. Información sobre la Gestión de Derechos (IGD) - Artículo 18.69. >17. Protección de Señales de Satélite Cable Encriptadas Portadoras de Programa - Artículo 18.79. >18. Recursos Legales y Limitaciones - Artículo 18.82 y Anexos 18-E y 18-F El 18.82 era el más peligroso: >1. Las Partes reconocen la importancia de facilitar el desarrollo continuo de servicios en línea legítimos que operen como intermediarios y, de conformidad con el Artículo 41 del Acuerdo sobre los ADPIC, proporcionando procedimientos de observancia que permitan una acción efectiva por parte de los titulares de derechos contra las infracciones al derecho de autor cubierto por este Capítulo que se produzcan en línea. Por consiguiente, cada Parte asegurará que existan recursos legales disponibles para que los titulares de derechos hagan frente a tales infracciones al derecho de autor y establecerá o mantendrá limitaciones apropiadas en relación con los servicios en línea correspondientes a los Proveedores de Servicios de Internet. Este marco de recursos legales y limitaciones incluirá: >(a) incentivos legales a los Proveedores de Servicios de Internet para cooperar con los titulares del derecho de autor para disuadir el almacenamiento y la transmisión no autorizadas de materiales protegidos por derecho de autor o, alternativamente, tomar otras acciones para disuadir el almacenamiento y la transmisión no autorizadas de materiales protegidos por derecho de autor; y >(b) limitaciones en su ordenamiento jurídico que tengan el efecto de impedir compensaciones monetarias en contra de Proveedores de Servicios de Internet por infracciones al derecho de autor que ellos no controlen, inicien o dirijan, y que tengan lugar a través de sistemas o redes controladas u operadas por ellos o en su representación. Basicamente quedó fuera toda la caca que tanto le gusta a los gringos: alargar la duración de los derechos de autor, hacer ilegal saltarse o enseñar a saltarse los DRM, leyes más estrictas contra las antenas satelitales piratas y hacer que las ISPs sean legalmente responsables de la piratería si no se dedican a monitorear el tráfico y responder a las solicitudes de los propietarios del contenido.
>>9053 Te basaste. Gracias anon.
>>9053 Basado, voy a hacer un video en youtube explicando esto jojojo Gracias por el material hermanito.
>>9057 Y el link?

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