No puede grabarse en un recinto privado sin consentimiento.
No puede grabarse cuestiones personales.
El trabajo a veces es entendido como ámbito privado, a veces no. Depende de la Corte.
Entonces, también debe fijarse en qué cosa se está hablando (personal o pública).
De manera que solo puede grabarse sin consentimiento ahí cuando es un espacio público (la vía, la calle, la plaza, etcétera) y se está hablando sobre una cuestión pública que no entraña datos personales ni comunicaciones privadas