/ask/ - Preguntas

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Choroy 03/27/2026 (Fri) 13:46:13 dc95fe No. 65891
Sé que de casualidad otro loro hizo una pregunta muy relacionada al tema pero mi pregunta es otra. Por las mías, buscando causas en la Muni de Providencia me encuentro con este parte por estar detenido donde no debía supuestamente (ni siquiera apareció al momento de pagar el permiso, así que dado que no llegó la carta y me enteré por otro medio de forma atrasada, no tengo opción por pago adelantado ni a hablar con el juez, me imagino -ahora iré a alegar-, entonces tendría que escribir en una carta de reconsideración mis descargos. En la consulta de causas, aparecen dos imágenes como respaldo del parte pero resultan que son la misma imagen (literalmente, es del mismo segundo) y yo puedo detenerme, incluso en lugares donde esté prohibido ESTACIONARME (el auto está prendido y yo adentro, o sea, estoy DETENIDO) https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1007469&idParte=8795261&idVersion=&_gl=1*152ig18*_ga*MTkzNDI2NjEwOC4xNzY5ODAxMzYw*_ga_QLTSW3NZ4C*czE3NzQ1NzUyODckbzMkZzEkdDE3NzQ1NzY0ODUkajEyJGwwJGgw (art. 153) , pero incluso en tal caso, no está la "cuneta" (no sé si haya un nombre más formal para la weá) pintada amarilla. Tampoco hay letrero que indique prohibición de detención EN LA FOTO. La ley de tránsito solo dice que debo estar detenido por un tiempo mínimo para recoger o dejar a alguien (que sería haber ido a buscar a mi hermana a ese sushi), cosa que no está refutada en las dos imágenes ya que son del mismo segundo y, por tanto, no indica que haya estado detenido, no sé, un minuto. Tampoco se puede asumir por el hecho de no haber alguien en la vereda, primero porque perfectamente pudo haber sacado la foto justo cuando mi hermana estaba saliendo del local (nadie espera a esa hora afuera en la vereda, menos siendo mujer, además se ve que no estoy causando congestión) y segundo, porque intencionalmente pudieron haber sacado la foto de modo que no apareciera nadie. Ahora, me podrían decir "ah un Goethe, es que el letrero estaba justo atrás, pero en el parte subido a la web, no aparece la calle (y yo no me acuerdo dónde fue la weá, incluso busqué en mi historial de Maps). Tal vez ellos sí tengan esa información y es lo que iré a pedir (no sé si pudiera alegar que el parte, en sí mismo, no especifica calle y tuve que pedir registros internos del JPL para saber el lugar y comprobar, por las mías que existiese un letrero de prohibición), pero sería muy raro, porque tengo entendido (y esto NO aparece en las especificaciones de dónde no puedo detenerme -art. 154-, ni en las exclusivas a ESTACIONAMIENTO -art. 155-, lo que sería una especie de laguna legal) que la distancia que abarcaría un letrero de "No estacionar ni detenerse" solo aplica de esquina a esquina, entonces quien sacó la foto perfectamente pudo haber abarcado el auto y el letrero, cosa que no hizo. CORTÍSIMA: ¿Ustedes creen que tengo la razón para ir a wevear hasta el final para que me anulen el parte?, el único argumento (si es que pudiera aplicarse siendo que el parte y la foto adjunta no muestran letrero de prohibición ni calle/intersección de la foto) que quedaría suelto es que hay un letrero atrás (pero no soy yo el que debe demostrar eso, ¿o sí?) y este estaría dentro de una distancia cuya prohibición aplicase hasta el lugar donde me detuve (no encontré en la ley de tránsito referencia a la distancia de "competencia" de los letreros de prohibición, solo asumiré que es de esquina a esquina). Son 105 lucas las que me cobrarían (tampoco aparece esa info en la consulta de causas de la Muni). https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1007469&idParte=8795261&idVersion=&_gl=1*152ig18*_ga*MTkzNDI2NjEwOC4xNzY5ODAxMzYw*_ga_QLTSW3NZ4C*czE3NzQ1NzUyODckbzMkZzEkdDE3NzQ1NzY0ODUkajEyJGwwJGgw
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esto está más que normalizado en internet pero nunca he entendido que hagan esto en foros o redes sociales cuando pudieron haber enviado un correo o haber telefoneado a las instituciones que te afectan de forma directa hay gente cuyo trabajo es resolver estas dudas y no creo que te aconsejen mejor que alguien detrás de la pantalla por supuesto que estos temas prenden y choroy leguleyo debate contra el loro constitucionalista y se gastan varios hilos con esa dinámica, y lo mismo aplica a redes sociales incluyendo a otros países, no creo que sea un problema chileno como sea, cinco minutitos te toma llamar al municipio
Ahora, también, o yo leo mal o está mal redactada la ley ya que dice que: "La detención en sitios no autorizados para estacionarse, se permitirá sólo por el tiempo mínimo necesario para tomar o dejar pasajeros." y, por ejemplo, dentro de las especificaciones donde NO puedo detenerme, no aparece ni donde haya grifos ni donde haya paraderos, lo que es de sentido común que uno no debiese hacer, pero no aparecen en las restricciones específicas de detención y el art. 153 da la idea general de que puede detenerme brevemente para recoger o dejar a alguien, incluso donde no se permita estacionar (y es para la "situación" de estacionamiento en la que sí se señalan esas ubicaciones -art. 155-, pero no en la detención). O sea, ¿podría detenerme frente a un grifo, paradero o incluso una esquina? Absurdo.
>>65893 >haber enviado un correo o haber telefoneado a las instituciones que te afectan de forma directa No contestan >hay gente cuyo trabajo es resolver estas dudas No creo que los "secretarios" de los JPL tengan el deber de explicarme la normativa legal >y no creo que te aconsejen mejor que alguien detrás de la pantalla Y aunque sí fuese su deber, no lo hacen o lo hacen como el pico en la mayoría de los casos >como sea, cinco minutitos te toma llamar al municipio kek, tal vez en las provincias sí tengan esa disposición, pero acá no.
Bumpazo. Estoy a minutos de agarrarme a combos con los hijos de perra del JPL
Bumpazo a segundos de la batalla épica en JPL
>>65898 combo del mcdonals será, guatón alucinado penca pa manejar xd
>>65891 Respuesta corta: paga. Es un cacho pelear esa hueá. Mucho más caro que la multa. Es lo que pasa cuando un tribunal de policía local queda a cargo de la vieja Nancy, regalona de la Muni.
>>65913 En la misma Muni y en la de Stgo fui a reclamar que el cartero no me entregó de manera efectiva la carta y me eliminaron el parte, siendo que yo mismo explícitamente mencioné que no apelaba en contra de la infracción, sino que producto de un envío no efectivo, me negaran la posibilidad de pago adelantado. Hay posibilidades, pero, en este caso y leyendo la Ley de Tránsito, no me queda claro que esté bien cursado el parte al no mencionarse (siquiera) línea amarilla ni lo que es concretamente una "señal oficial" (pudiera referirse solo a letreros y fui al lugar, luego de pedir los detalles al JPL, y no hay letrero alguno). Como mencioné. Uno puede detenerse (en la imagen sin editar se ve explicito que al menos el auto está encendido) en lugares donde no se puede estacionar, como en ese lugar donde hoy vi que había línea amarilla, y en las especificaciones donde aparece donde efectivamente NO PUEDO DETENERME, no hay alusión explícita a "línea amarilla" ni lo que es una "señal oficial". Aparte era de noche y con raja se ven las weás si no están recién pintadas. Además el parte indica "estacionar" y como mencioné, estaba detenido con luces de posición encendidas (yo adentro y motor funcionando pero eso no queda claro en la foto)
>>65923 >estaba detenido con luces de posición encendidas (yo adentro y motor funcionando pero eso no queda claro en la foto) estabas estacionado simiolón > La detención en sitios no autorizados para estacionarse, se permitirá ‘’’sólo por el tiempo mínimo necesario para tomar o dejar pasajeros’’’
>>65923 Por eso mismo, probaste el punto. Paga. Pelear con la señora Nancy es un cacho, porque no son tribunales de carácter jurídico, sino de administrativos mapuches.
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>>65893 >cinco minutitos te toma llamar al municipio Este ahueonao nunca ha interactuado con un empleado municipal.
>>65928 Sí y la única foto que pusieron de prueba no refuta que haya estado detenido.
Ve igual a webear, casi siempre a lo menos te bajan el monto del parte
>>65923 >estaba detenido con luces de posición encendidas Ah eres de esos retrasados que piensan que no cuenta como que estacionar si se quedan adentro con el motor andando. Paga la wea callado, simio de mierda.
>>65928 Esto. OPerra REFUTADA.
>>65950 No hay prueba de que NO haya recogido a alguien por el tiempo mínimo >>65937 Estaba viendo que antes del DFL-1 del 2009, la ley de tránsito si contemplaba detener el motor para ser considerado estar "estacionado" pero ahora es tener el auto detenido pero por más del tiempo necesario para recoger o dejar una persona. El parte dice explícitamente que ese fue el caso, pero no hay registro que haya estado detenido por cierto plazo considerado como mayor al necesario para dejar o buscar pasajeros. Solo una foto que no implica que al segundo después no haya llegada la persona a subirse al auto (o sea, detenido el tiempo justo y necesario para recoger a una persona = "detención", no "estacionado", que es lo único que menciona el parte)
>>65957 >p-ppero no hay prueba No existe tal requisito, y de todos modos la foto muestra que no estás ni tomando ni dejando pasajeros. Para la próxima que tu hermana esté lista y atenta cuando pases a buscarla, así no tienes que estacionarte a esperarla.
Vulneraste la ley. El parte es legal. Págalo. Saludos.
>>66197 >la foto muestra que no estás ni tomando ni dejando pasajeros No lo implica. La persona pudo haber estado fuera del marco de la foto y el inspector, convenientemente, la dejó fuera de ella. ¿Para recoger a alguien, esa persona debe estar previamente en la vereda de manera que se suba INSTANTÁNEAMENTE apenas se detenga el auto? La ley: >la detención se permitirá sólo por el tiempo mínimo necesario para tomar o dejar pasajeros. Tiempo mínimo = Intervalo de tiempo mínimo = 2 fotos distintas que demuestren qué tan "mínimo" fue ese intervalo = Prueba inexistente Yo no tengo la carga de la prueba, ni siquiera debo aducir el caso de mi hermana y la foto "conveniente", basta con decir que una foto no indica ninguna cantidad de tiempo, por tanto, no demuestra que esté estacionado.
Parece que tienes todos los argumentos para ganar el caso OP, deberías tomar las acciones legales correspondientes, defenderte y ver como te va en vez de estar perdiendo el tiempo acá enfrascado en un debate que no te llevara a absolutamente nada más que quedar como un tuerquitas testarudo.
PARTE POR WEON JJJJJJJJJJAAAAAAAAA
>>66199 que delicia
>>66203 >el inspector [fanfic] Buena evidencia, infractor. Paga el parte patriótico. >>66211 oye, respeta
>>66203 >el inspector bla bla bla… Lamento decirte que según la ley el inspector municipal es un testigo de fe. Buena suerte rebatiéndole.
>>66215 La Chel de El Dorado
>>66273 Sí, por eso existen instancias de alegato ante el juez.
>>66273 Y no, no le voy a rebatir al inspector, sino al juez.
>>66283 >>66294 >es su palabra contra la del inspector, el cual es un testigo de fe Eso te va a decir el juez.
>>66294 No choroy, no lo vas a hacer, solo estas gastando el tiempo acá.
>>66294 >rebatirle al juez, sin evidencia Buenas suerte. Paga la multa. Saludos.
>>66294 Si tanto crees que puedes ganar, busca un abogado litigante y pelea en el tribunal
OP por favor grabate haciendo el ridículo en JPL.

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