>Es precisamente en la investigación penal donde aparece una de las paradojas del caso. La creación mediante inteligencia artificial de imágenes de connotación sexual de mujeres adultas, aún cuando se utilicen sus rostros sin consentimiento, no constituye por sí misma un delito bajo la legislación vigente.
>la justicia penal todavía debe determinar si aquello que las mujeres descubrieron, denunciaron y describieron como una vulneración puede, además, ser perseguido como un delito.
Es decir, lo echaron de su pega, pero todavía hay esperanza de volver argumentando un despido injustificado si fiscalía no encuentra nada legal con que imputarlo.